Deberes del Alumno
. El estudio, que se concreta en:
1. La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.
2. Participar actividad y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.
3. El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.
4. El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
5. La obligación de realizar las tareas para consolidar su aprendizaje.
. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
. Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres.
. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente.
. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.
. Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su conservación y mantenimiento.
. Participar en la vida del centro.
. Conocer la constitución española y el estatuto de autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en valores y principios recogidos en ellos.
Articulo 3. Derechos del alumno.
Derechos del Alumno
. A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo
de su personalidad y de sus capacidades.
. Al estudio y a la orientación educativa y profesional.
. A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo
Y rendimiento escolar y a ser informado, de los criterios de evaluación que serán aplicados.
. A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.
. Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y al uso seguro de internet en los centros docentes.
. A la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente.
. Al respeto a su libertad de conciencia y de sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.
. A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.
. A la protección contra toda agresión física o moral.
. A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.
Al resto de derechos que aparecen regulados en el decreto 328/2010 de 13 de julio.
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